26/Jul/2016 Volver
El próximo lunes 1 de agosto comenzará a regir la Ley N°20.727, que establece el uso obligatorio de la factura electrónica para empresas urbanas, es decir, aquellas con ingresos anuales entre 2.400 y 100.000 UF.
Nuestra gerente de Operaciones y Cobranza de Cumplo, Paula Sagredo, destacó que “esta medida permitirá agilizar trámites, ahorrar costos operacionales y ser más eficientes. Beneficia no solo a las pymes, sino a toda la cadena involucrada en el proceso de facturación”.
Explicó que las empresas que no estén certificadas a dicha fecha no podrán facturar, ya que los formularios timbrados no serán válidos, y en dicho caso deberán conseguir una extensión del plazo. Pese a ello, la ley autoriza el uso de documentos tributarios en papel para los contribuyentes que desarrollen su actividad económica en un lugar sin cobertura de internet, sin acceso a energía eléctrica, que se haya decretado Zona de Catástrofe o en casos especiales, autorizados por el Servicio de Impuestos Internos.
“En cada uno de estos casos, el SII deberá dictar las correspondientes resoluciones para implementar estas excepciones, los que deberán ser presentados al momento de presentar sus documentos a Cumplo”, explicó Paula Sagredo.
En Cumplo se han financiado más de 3.000 créditos de factura en los últimos dos años, lo que equivale al 80% del total de créditos financiados a través de la plataforma. Se trata de una alternativa mejorada del factoring tradicional, un crédito a corto plazo (máximo 120 días) que lleva como respaldo una o más facturas.
Para más información sobre la nueva ley, se puede visitar el enlace 1