29/Dec/2015 Volver
El Servicio de Impuestos Internos, a través de la circular 17, entregó detalles sobre la nueva aplicación del impuesto Timbres y Estampillas que regirá a partir del 01 de enero de 2016.
Esto significa, que los documentos involucrados en una operación de crédito de dinero, por ejemplo un pagaré, deberán pagar una tasa del 0,066% de su monto por cada mes o fracción y no pudiendo exceder el 0,8%. A modo de recordatorio, actualmente el costo del impuesto es de un 0,333% mensual y con un máximo del 0,4%.
Se pagará un 0,66% del monto por cada mes que dure el crédito solicitado, con un máximo de 12 meses. Por lo tanto, si el crédito dura 1 año, entonces se pagará hasta un tope de 0,0792%.
Transparentar a tiempo esta información es importante para nosotros, porque el impuesto de timbres y estampillas es uno de los gastos que están asociados al momento de obtener un crédito a través de Cumplo. Por lo tanto, el alza afectará directamente a la carga anual equivalente de cada operación (CAE).
Si quieres calcular el impuesto de una forma sencilla, aquí va un ejemplo:
El monto solicitado es $1.000.000 a 6 meses.
0,66% de 1.000.000 es 660.
660 x 6 meses son $3.960.
Por lo tanto, el impuesto a pagar son $3.960
Esperamos que esta información sea relevante para ti,
Equipo Cumplo